El Capítulo Indígena de la Política Energética Nacional tiene por objetivo incorporar la visión, los intereses y las prioridades de los pueblos indígenas en materia de energía. Centrando los esfuerzos en comprender cabalmente la relación existente entre los componentes sociales, culturales, políticos, económicos y ecológicos propios de estos pueblos, y a partir de esta mirada avanzar en el resguardo de sus derechos.
Para abordar los temas de los pueblos indígenas en particular, relevando la importancia de dar cumplimiento a la normativa nacional e internacional relacionada con el resguardo de sus derechos, surge la oportunidad de elaborar un capítulo específico de Pueblos Indígenas en el marco de la Política Energética Nacional al 2050, a través del cual se pueda ver reflejada la visión particular del mundo indígena y se valore el rol que dichos pueblos podrían llegar a tener como actores del desarrollo energético que Chile necesita.
La elaboración de este Capítulo se ha realizado a través de un proceso de participación con representantes indígenas, de acuerdo a la normativa y principios establecidos en el Convenio N° 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, de la Organización Internacional del Trabajo, en adelante e indistintamente Convenio N° 169 de la OIT. Esta normativa ha sido considerada -principalmente en lo que se refiere a la participación de los pueblos indígenas en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente- según lo dispone el artículo 7 Nº 1, frase final de dicho Convenio.